Igualdad

Por Felipe Lyon y José Ignacio Palma

Publicado en La Segunda, 03 de junio de 2022

 

Bajo el alero del principio de «igualdad sustantiva», el borrador de nueva Constitución otorga una serie de privilegios judiciales a personas indígenas en razón de su etnia: escaños indígenas en el organismo encargado del nombramiento y fiscalización de los jueces, la posibilidad de ser juzgado por normas diversas a las comunes para todos los chilenos, y criterios «interculturales» al momento de juzgar y sancionar a personas indígenas.

Estas propuestas buscan resolver, con criterios abstractos y dictados a priori, una supuesta discriminación por parte de la justicia hacia las personas indígenas. Así, olvidan que una resolución justa requiere inevitablemente de una consideración del caso concreto y que cualquier sesgo en favor de una de las partes, debido a su etnia u otro criterio identitario, llevará a sentencias injustas y, paradójicamente, discriminatorias.