Se ha corrido el rumor de que el proyecto de texto constitucional no protegería adecuadamente los derechos fundamentales en él consagrados. Se basa en que la Constitución vigente lo haría de forma más adecuada, a través del artículo 19 Nº26, mejor conocido como el derecho a la certeza jurídica o el derecho al núcleo esencial.
Lo anterior es incorrecto. No sólo la propuesta mantiene la protección al contenido esencial de los derechos de la Carta Fundamental chilena, sino que la actualiza y refuerza con fórmulas extranjeras, impidiendo que instrumentos infralegales puedan limitar derechos fundamentales que sólo debiesen restringirse, por temas de legitimidad, mediante una ley.