El Tribunal Constitucional emitió un fallo en el que rechaza una acción destinada a declarar que el matrimonio tal cual como está concebido, esto es, entre un hombre y una mujer, sería inconstitucional al “discriminar” a las parejas del mismo sexo que quisieran contraer el vínculo. Para llevar a cabo este trabajo se procedió a analizar la sentencia en dos partes: el fallo mismo del Tribunal Constitucional y las opiniones contenidas en los votos concurrentes por un lado, y el voto disidente del Ministro Vodanovic, por el otro.
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