En la Convención Constitucional ha primado una visión que cuestiona al Estado Unitario, forma de organización del Estado que nos ha acompañado desde los orígenes de la República, como el principal responsable del acentuado centralismo. Este cuestionamiento debe, a lo menos, ser puesto bajo lupa, ya que la experiencia internacional ha demostrado que es posible descentralizar eficientemente la administración de un país conservando la figura del Estado Unitario, ejemplos de ello son los casos de Reino Unido, Francia y Suecia.
De todas formas, si existía un aspecto muy claro, era que el desafío de la Convención Constitucional en la materia era proponer una forma de Estado capaz de resolver el problema de la descentralización. Sin embargo, el borrador ha utilizado este fundamento como justificación para experimentar fórmulas administrativas que se alejan diametralmente de la tradición jurídica de Chile y que, por otro lado, dan origen a una serie de otros problemas.