Por Teresa Zañartu
El Mercurio, 28 de diciembre 2025
Es un error afirmar que el Gobierno está bien encaminado al ampliar las restricciones a la objeción de conciencia en el marco de las tres causales de aborto, como se señaló en una carta publicada el 27 de diciembre.
Difícilmente puede tener una “excesiva amplitud” si constituye un ejercicio legítimo de un derecho fundamental. En efecto, la objeción de conciencia es la manifestación externa de la libertad de conciencia, uno de los derechos más íntimos de la persona, como lo ha declarado la doctrina y el Tribunal Constitucional (por ejemplo, rol 3729-2017). Obligar al Estado a establecer cuotas en base a su ejercicio no es solamente excluir a médicos capaces de servir en el sistema público, sino que discriminarlos en base a algo tan esencial como íntimo: su conciencia moral.
Una mayor restricción a la objeción de conciencia sería atentar contra la libre y legítima expresión de un importante derecho fundamental. Este ha sido el deseo de sectores progresistas desde el primer día de entrada en vigencia del reglamento que la consagraba. Esperemos que el Gobierno no persevere en este peligroso camino.