La siguiente publicación tiene como objetivo reflexionar sobre la aproximación que han tenido, tanto el Tribunal Constitucional como la Corte Suprema, sobre la aplicación en Chile del trámite de consulta establecido en el artículo 6 del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales. Dicho trámite es un instrumento jurídico internacional que busca asegurar la protección de los derechos de los pueblos indígenas, procurando una mayor participación en la toma de decisiones tanto legislativas como administrativas. Dado que el referido artículo 6 establece sólo los lineamientos básicos sobre el trámite de consulta a realizar por las distintas autoridades, nuestros tribunales juegan un rol importante a la hora de determinar su alcance y en qué medida nuestro ordenamiento jurídico satisface la norma internacional o se ve modificado por la misma.
- Director del área jóvenes en programa Vía Pública de TVN 24 hrs.
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