En agosto del año pasado, quienes somos partidarios de la vida, sufrimos una gran derrota en el Tribunal Constitucional, a propósito del requerimiento que presentaron los parlamentarios de Chile Vamos, por el proyecto de ley que regulaba el aborto en tres causales. Finalmente, se falló que el aborto no es contrario a la Constitución.
Sin embargo, hubo un aspecto en el que el Tribunal falló a favor del requerimiento y que dice relación con la objeción de conciencia. Se determinó, expresamente, que no solo el médico tratante, como lo aprobó el Congreso, sino que todo el equipo médico, y las instituciones, sean públicas o privadas, podrían objetar realizar un aborto. Dentro de los argumentos esgrimidos, fundamentalmente, se hizo mención a que la objeción es una práctica que emana de la propia libertad de conciencia que garantiza la Constitución, y que las personas tienen convicciones que el Estado debe respetar.
Carlos Oyarzún, 12 de abril de 2017, Bío Bío TV